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Por medio del cual se reforman los artículos 40, 107, 108, 109, 126, 172, 177, 181 y 262 de la constitución política y se dictan otras disposiciones

REFORMA POLÍTICA

Resumen P.A.L. 26 de 2022

El presente documento contiene un resumen de las disposiciones del Proyecto de Acto Legislativo 26 de 2022 radicado en el Congreso de la República el 13 de septiembre de 2022, en relación con la Reforma Política. Los siguientes son los principales cambios incluidos en el texto propuesto:

1. Sobre la pérdida de derechos políticos

Busca garantizar los derechos contenidos en la Constitución Política, armonizar leyes nacionales con lo indicado por la CIDH, cumplir el Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y aplicar las recomendaciones de la Misión Especial Electoral.

  • Pérdida de investidura y las limitaciones de los derechos políticos sólo se podrán proferir por una autoridad judicial competente en proceso penal.
2. Sobre los principios y deberes de partidos y movimientos políticos

Adopción de principios y valores del sistema democrático, tales como la igualdad, la libertad de expresión, la equidad de género y las garantías de inclusión y participación.

  • Obligación de garantizar paridad entre hombres y mujeres y establecer mecanismos para permitir la participación de personas con identidad de género diversas.
  • Presentación y divulgación de programas políticos.
  • Democratización interna: Elección de directivas y candidaturas por mecanismos electorales internos.
  • Fortalecimiento del régimen de bancada.
3. Sobre los derechos de los partidos y movimientos políticos

Garantiza principios de equidad de género, paridad, alternancia y universalidad.

  • Listas únicas, cerradas y bloqueadas con alternancia entre hombre y mujer. Eliminación voto preferente.
  • Conformación de listas de coalición entre partidos o movimientos que juntos hayan obtenido hasta un 15% de los votos válidos de la circunscripción.
  • Partidos coaligados con candidatos elegidos podrán fusionar personerías jurídicas.
  • Acceso a medios de comunicación estatal, que usen bienes públicos o el espectro electromagnético.
4. Sobre los requisitos para ser partido y movimiento político

Desliga la obtención y conservación de la personería jurídica de la superación de un umbral en las elecciones de Congreso. Resalta la importancia de un sistema de afiliados para la obtención y conservación de esta.

  • Separación de requisitos habilitantes para ser partido político y movimiento político:
    • Partido político: obtener al menos el 3% de los votos válidos en las elecciones parlamentarias.
    • Movimiento Político: Demostrar una base de afiliados compuesta por al menos el 0.2% del censo electoral nacional.
  • Condiciones para que movimientos políticos participen en elecciones:
    • En circunscripciones territoriales: demostrar un número de afiliados del 1% del respectivo censo electoral.
    • En circunscripciones nacionales: demostrar base de afiliados residente en un número de circunscripciones territoriales cuyos censos electorales sumados superen el 50% del censo electoral nacional.
  • Los movimientos políticos están obligados a acreditar registro de afiliados ante el Consejo Nacional Electoral.
5. Sobre la afiliación de ciudadanos

Traslado del requisito de doble militancia a los ciudadanos

  • Ningún ciudadano podrá estar inscrito en la base de afiliados de más de un partido o movimiento político.
6. Sobre la financiación de partidos y movimientos políticos

Busca erradicar el régimen de corrupción, promover transparencia en fuentes y usos, impulsar equidad entre organizaciones políticas, incentivar legalidad.

  • Financiación de partidos y movimientos políticos: financiación del funcionamiento.
  • Financiación de campañas electorales: Exclusivamente estatal. Anticipo del 50%, saldo con reposición de votos.
7. Sobre los requisitos para ser Congresista

Promoción de nuevos liderazgos. Atender movilización social y fortalecer participación ciudadana. Ofrecer espacios a los jóvenes para liderazgo, incidencia, representación y voz.

  • Reducción de edad mínima para ser elegido Senador de 30 a 25 años y para ser elegido Representante de 25 a 18
    años.
8. Sobre las incompatibilidades de los Congresistas

Cambia el régimen de incompatibilidades restringiéndolo a la vigencia de la curul.

  • Incompatibilidades de Congresistas tendrán vigencia durante el tiempo que ejercen como tal dentro del periodo constitucional respectivo.
  • Eliminación automática de incompatibilidades en caso de renuncia a la curul.
Camilo Martínez

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